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GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS ÉQUIDOS (CABALLOS, MULOS Y ASNOS)
NOTA INFORMATIVA 8/06: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA Y PESCA.- O.C.A. Guadalhorce Oriental (Málaga)

El Decreto 55/1998, de 10 de marzo, por el que se establecen los requisitos sanitarios aplicables al movimiento y transporte de ganado y otros animales vivos y la Orden de 28 de junio de 2001 por la que se desarrolla la expedición de la Tarjeta Sanitaria Equina (T.S.E.) y el movimiento de équidos, señala las siguientes obligaciones para los propietarios de ganado equino:

1) Comunicación a la Oficina Comarcal correspondiente de nacimientos, nuevas adquisiciones y bajas

  • Nacimientos: Antes de que hayan cumplido 1 mes de edad
  • Adquisiciones procedentes de fuera de Andalucía: Antes de que transcurra 1 mes desde su llegada.
  • Muertes: En el plazo de 1 semana, entregando la Tarjeta Sanitaria Equina del animal.

    2) Solicitud de expedición de la Tarjeta Sanitaria Equina

  • Nacimientos en la explotación: Antes de que el animal cumpla 1 año.
  • Adquisiciones procedentes de fuera Andalucía: Antes de que transcurra 1 mes desde la comunicación de la adquisición a la Oficina Comarcal.

    3) Visado anual de la Tarjeta Sanitaria Equina

    Deberán ser visadas anualmente en la Oficina Comarcal entre los meses de ABRIL a JUNIO. Para ello, se presentará la Tarjeta Sanitaria Equina en la OCA donde esté asentado el animal, salvo las tarjetas expedidas entre los meses de enero a marzo de ese año.

    4) Régimen sancionador (Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal): En caso de incumplimiento de algunas de estas obligaciones, las sanciones serán:

    Multas hasta 3.000 €

  • No denunciar la pérdida de un equino.
  • No comunicar el nacimiento o comunicarlo fuera de plazo.
  • No comunicar la entrada de equinos procedentes de otra Comunidad Autónoma o hacerlo fuera de plazo.
  • No comunicar las variaciones de datos de la Tarjeta Saitaria Equina (cambios de titularidad)

    Multas hasta 60.000 €

  • Abandonar un equino.
  • Abandonar el cadáver de un equino.
  • Poseer un equino de más de 1 año de edad sin Tarjeta Sanitaria Equina.
  • Trasladar equinos sin la Tarjeta Sanitaria Equina.
  • Trasladar equinos sin Guía de Traslado (o comunicación de traslado provisional, en su caso) o a un destino no contemplado en la Guía.
  • Trasladar equinos con la Tarjeta Sanitaria Equina caducada o no visada.
  • No comunicar la muerte del equino.
  • No solicitar la expedición de la Tarjeta Sanitaria Equina antes del mes desde la comunicación a la Oficina Comarcal de la entrada desde fuera de Andalucía.
  • No visar la Tarjeta Sanitaria Equina anualmente entre abril y junio, salvo las realizadas entre enero y marzo del mismo año.


  • ACECOS. Plaza de Mijas,1 Bajo - Taberna Mayoral
    29649 - MIJAS COSTA, MALAGA
    Teléfono: 952 580 459 e-mail: asociacion@acecos.net